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¿Los propietarios de viviendas, aceptan inquilinos con perros o gatos?

En casi la mitad de los hogares de España, concretamente en un 44%, se comparte la vida con un fiel compañero peludo, ya sea un perro o un gato, según los datos proporcionados por la Fundación Affinity. A pesar de este profundo arraigo de las mascotas en la sociedad, la realidad para aquellos inquilinos que desean encontrar un lugar para vivir junto a sus animales de compañía no es precisamente alentadora. Los datos revelados por Fotocasa Research arrojan luz sobre esta situación: aunque un 58% de los propietarios estaría dispuesto a permitir la presencia de animales en sus viviendas en alquiler, la oferta en el portal inmobiliario de Fotocasa no parece reflejar esa disposición, ya que únicamente un solo el 4% acaba publicando que las aceptan explícitamente.

Cataluña, la comunidad donde los propietarios aceptan más los animales

Según el mismo informe, Cataluña se destaca como la comunidad autónoma más dispuesta a acoger animales de compañía en sus viviendas de alquiler. Un sólido 65% de los arrendadores en esta región afirma estar dispuesto a aceptar sin problemas a mascotas en sus propiedades. Sin embargo, la realidad pinta un panorama diferente, ya que, de acuerdo con los datos del portal inmobiliario Fotocasa, solo un escaso 4% de los anuncios refleja la aceptación efectiva de animales de compañía.

¿Que dice el arrendador?

Dentro del grupo de arrendadores que están dispuestos a dar la bienvenida a animales en sus viviendas de alquiler, un sólido 56% no ve la necesidad de incluir cláusulas adicionales en los contratos. Estos propietarios no consideran que las mascotas puedan causar daños significativos que justifiquen la exigencia de compensaciones económicas o, en ciertos casos, la finalización anticipada del contrato de arrendamiento.

Sin embargo, entre el 44% restante de arrendadores que sí considera relevante establecer condiciones específicas para los inquilinos con animales, el 23% opta por incluir una cláusula que estipule una compensación económica en caso de daños materiales en la vivienda. Por su parte, un 14% decide exigir un pago adicional de fianza como garantía ante posibles inconvenientes relacionados con las mascotas.

Con una notoriedad menor, se encuentran aquellos que contemplarían la finalización del contrato por posibles inconvenientes en la propiedad: el 10% incluiría una cláusula de finalización del contrato por exceso de ruido, mientras que el 8% incluiría una cláusula de finalización del contrato por malos olores.

Fuente de la información. Fotocasa.

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